este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
1. SIN LUGAR la pretensión de RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO, intentada por los ciudadanos IVAN JOSE CANELA MENDOZA Y MARIA DE LOS ANGELES CANELA GONZALEZ, actuando como Presidente y Vicepresidente de la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS MUSICALES PABLO CANELA, C.A., en contra del ciudadano FARID ANTONIO NUR ELCURE, y de la Firma Mercantil "COMERCIAL ALZURU S.R.L.", ya identificadas; y
2. SIN LUGAR la pretensión de DESALOJO, intentada por los últimos de nombrados en contra de los primeros.