En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana XIOMARA AIDA FERNANDEZ LA CRUZ ya identificada en autos, en contra de la persona natural LUZ ESPERANZA CHACON DE BECERRA.
SEGUNDO: Se ordena a la persona natural LUZ ESPERANZA CHACON DE BECERRA, que pague a la ciudadana XIOMARA AIDA FERNANDEZ LA CRUZ, la cantidad de VEINTE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. F 20.656,37), más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo que realizará un solo perito que designará el Tribunal