En virtud de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia De Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL CON EL CONSECUENTE ABANDONO DEL TRÁMITE de la demanda de nulidad interpuesta por la SOCIEDAD MERCANTIL SUPERLIM, C.A, contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CUMANA ESTADO SUCRE, quien dicto PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 114-2012 del 13 de junio de 2012, mediante la cual se declaró Con Lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudadana AMARILYS JOSEFINA GARCIA, titular de la cédula de identidad Nro. 9.973.459, en consecuencia se declara terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del presente expediente. Y ASÍ SE DECIDE.
DIOS Y FEDERACION.
LA JUEZA TITULAR:
Abg. ANTONIETA COVIELLO M.