Se declara: PRIMERO: Se declara la nulidad aislada de actos del procedimiento referidos solo a los autos de fechas 26 de abril y 10 de junio de 2013 relacionados con el lapso probatorio y con la fijación del lapso para presentar informes; autos de fechas 16 de septiembre de 2013, 09 de diciembre de 2013 y 23 de septiembre de 2014 relacionados con autos para mejor proveer; SEGUNDO: Se repone la presente causa al estado de notificar a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela de la presente sentencia y de la sentencia de admisión del recurso contencioso tributario; TERCERO: Una vez conste en autos las notificaciones ordenadas respecto a la presente decisión y asimismo conste en autos la notificación de la sentencia de admisión del recurso a la Procuraduría General de la República, déjese transcurrir íntegramente un lapso de ocho (08) días de despacho establecido en el vigente artículo 100 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; CUARTO: Una v.....