DECISIÓN
Por los argumentos y fundamento legales, jurisprudenciales antes expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por motivo de Desafecto fundamentado en las en las sentencias 1070 de fecha 9 de Diciembre del año 2.016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, expediente N° 16-916.
SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: NORMA JANNICCELLY MUJICA PARRA y JULIO CESAR GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nrosº V-7.411.198 y V-7.432.194, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio, LILIANA GUERRRO SOLORZANO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 177.101, en su condición de Defensora Pública provisoria (1º) en .....