PARTE
DISPOSITIVA.
Por todas las razones expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República y por autoridad de la ley niega la medida de secuestro preventivo, solicitada en el juicio que por DESALOJO, interpusiera el abogado JUAN RAFAEL MESA, en su carácter acreditado en autos.
Regístrese, publíquese la anterior decisión y déjese copia en el copiador de Sentencias.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Puerto Cabello a los veintiún (21) días del mes de Mayo de Dos Mil Siete (2007). Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
LA JUEZ,
Abog. Alicia María Torres Hernández.
LA SECRETARIA
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 2:00 horas de la tarde, previo anuncio de Ley, dejándose copia en el.....