ORDENA CORREGIR el error material y en consecuencia RECTIFICAR la Partida de Nacimiento del niño, Identidad omitida en concordancia con el articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y Adolescente, que en lo sucesivo deberá aparecer, Primero: La madre como casada. Segundo: siendo lo correcto asentar los datos del padre como, ciudadano ALFONSO LIBORIO PALMERA CARMONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.544.757, casado, domiciliado en el Caserío Miranda, Siquisique, Municipio Urdaneta del Estado Lara; la cual se encuentra asentada en el libro de Registro de Nacimientos llevados por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, inserta bajo el N° 11606, del libro de Nacimiento llevados durante el año 2.005.