DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la abogada NERSA ADELA ORTIZ VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.076.247, identificada con matricula de inpreabogado Nº 25.730, en su carácter de Apoderada Judicial de la demandada INDUSTRIAS QUIMICAS DE PORTUGUESA C.A (INQUIPORT C.A), contra decisión de fecha 27 de marzo del año 2014, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Acarigua; por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE REVOCA, la decisión de fecha 27 de marzo del año 2014, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y.....