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Decisiones del dia 21/05/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : RP41-G-2012-000196 N° Sentencia : Fecha: 21/05/2014
Procedimiento:
Daños Y Perjuicios
Partes:
PEDRO ANTONIO CARABALLO MARTINEZ VS PDVSA GAS, S.A.
Resumen:
Por las razones expuestas, este el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la presente demanda. SEGUNDO: INADMISIBLE, la demanda de Contenido Patrimonial, interpuesta por el ciudadano Pedro Antonio Caraballo Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº.V-14.612.065, asistido por los Abogados Héctor Ramón Velásquez y Luís Medina, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 38.141 y 43.390, respectivamente, contra la empresa PDVSA GAS S.A. Déjese correr el lapso integro de treinta (30) días continuos, para que surtan los efectos legales consiguientes.
Juez/Ponente:
Silvia Julia Espinoza Salazar
Organo:
Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo
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N° Expediente : RP41-G-2013-000075 N° Sentencia : Fecha: 21/05/2014
Procedimiento:
Querella
Partes:
MANUEL JOSE SILVA VS INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA DEL ESTADO SUCRE.-
Resumen:
Con relación a la promoción realizada en el Capitulo Segundo, párrafos uno y dos, del escrito probatorio, y a la oposición realizada por la parte demandante, en virtud que no es hecho controvertido de la demanda siendo impertinente como medio de prueba, en este sentido observa este Tribunal que la oposición a una prueba se refiere a la manifiesta ilegalidad e impertinencia de la misma, tal y como lo prevé 397 de Código de Procedimiento Civil, en este punto se observa que dicha oposición no se refiere a ello, razón por la cual no constituye un impedimento para acordar su admisión, motivo por el cual, se declara Improcedente la oposición formulada, y se admiten cuanto a lugar a derecho se refiere salvo su apreciación en la sentencia definitiva, manténgase en el expediente. Así se decide.
Juez/Ponente:
Silvia Julia Espinoza Salazar
Organo:
Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo
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N° Expediente : RP41-G-2014-000059 N° Sentencia : Fecha: 21/05/2014
Procedimiento:
Abstención O Carencia
Partes:
FREDDY GONZÁLEZ VS FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA DEL ESTADO SUCRE (FUNDACITE-SUCRE)
Resumen:
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la presente demanda. SEGUNDO: Se NIEGA la reposición de la causa solicitada. TERCERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, incoado por el abogado Freddy González, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 31.794, actuando en su condición de Consultor Jurídico de Fundacite-Sucre, contra la Fundación para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología del estado Sucre (FUNDACITE-SUCRE). CUARTO: Conforme a la norma antes mencionada, se advierte que el desistimiento aquí declarado sólo extingue la instancia, por lo que se podrá volver a proponer nueva demanda de manera inmediata.
Juez/Ponente:
Silvia Julia Espinoza Salazar
Organo:
Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo
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N° Expediente : RP41-G-2012-000149 N° Sentencia : Fecha: 21/05/2014
Procedimiento:
Daños Y Perjuicios
Partes:
JUAN CRISÓSTOMO MENDOZA VALDIVIEZO VS PDVSA GAS S.A
Resumen:
Por las razones expuestas, este el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la presente demanda. SEGUNDO: INADMISIBLE, la demanda de Contenido Patrimonial, interpuesta por el ciudadano Juan Crisóstomo Mendoza Valdiviezo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.010.028, asistido por los Abogados Héctor Ramón Velásquez y Luís Medina, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 38.141 y 43.390, respectivamente, contra la empresa PDVSA GAS S.A. Déjese correr el lapso integro de treinta (30) días continuos, para que surtan los efectos legales consiguientes.
Juez/Ponente:
Silvia Julia Espinoza Salazar
Organo:
Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo
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