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Decisiones del dia 21/06/2006 |
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N° Expediente :
-KP02-S-2006-006880
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N° Sentencia :
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Fecha: 21/06/2006 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: ALMAO MENDOZA ELIZABETH DEL CARMEN |
Resumen:
este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el inmueble a que se contrae el presente escrito, cuyas características, ubicación y linderos ya se han determinado suficientemente a favor del solicitante antes identificado, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en fundo ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada, a los fines de su registro.
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Juez/Ponente:
Tania Pargas
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-S-2006-003188
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N° Sentencia :
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Fecha: 21/06/2006 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: LETICIA DEL CARMEN GUEDEZ |
Resumen:
este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el inmueble a que se contrae el presente escrito, cuyas características, ubicación y linderos ya se han determinado suficientemente a favor del solicitante antes identificado, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en fundo ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada, a los fines de su registro.
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Juez/Ponente:
Tania Pargas
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-S-2006-002269
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N° Sentencia :
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Fecha: 21/06/2006 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: NANCY COROMOTO ESCALONA |
Resumen:
este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el inmueble a que se contrae el presente escrito, cuyas características, ubicación y linderos ya se han determinado suficientemente a favor del solicitante antes identificado, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en fundo ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada, a los fines de su registro.
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Juez/Ponente:
Tania Pargas
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-S-2006-009869
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N° Sentencia :
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Fecha: 21/06/2006 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: LUÍS ANTONIO CALORE SAGLIMBENI |
Resumen:
este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el inmueble a que se contrae el presente escrito, cuyas características, ubicación y linderos ya se han determinado suficientemente a favor del solicitante antes identificado, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en fundo ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada, a los fines de su registro.
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Juez/Ponente:
Tania Pargas
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-S-2005-016622
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N° Sentencia :
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Fecha: 21/06/2006 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: MARIA BEATRIZ GRATEROL GALICIA |
Resumen:
este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el vehículo a que se contrae el presente escrito, cuyas características ya se han determinado suficientemente a favor del solicitante antes identificado, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre la propiedad que ejerze el ciudadano antes identificado, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada, a los fines de su registro.
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Juez/Ponente:
Tania Pargas
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-S-2006-006096
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N° Sentencia :
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Fecha: 21/06/2006 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: FLOR MARIA ALEGULLAR DE RODRIGUEZ |
Resumen:
este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el inmueble a que se contrae el presente escrito, cuyas características, ubicación y linderos ya se han determinado suficientemente a favor del solicitante antes identificado, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en fundo ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada, a los fines de su registro.
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Juez/Ponente:
Tania Pargas
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-S-2005-014394
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N° Sentencia :
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Fecha: 21/06/2006 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: MARINA MERCEDES CAMACHO DOMÍNGUEZ |
Resumen:
este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el inmueble a que se contrae el presente escrito, cuyas características, ubicación y linderos ya se han determinado suficientemente a favor del solicitante antes identificado, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en fundo ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada, a los fines de su registro.
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Juez/Ponente:
Tania Pargas
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-S-2006-008372
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N° Sentencia :
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Fecha: 21/06/2006 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: MARIA BÁRBARA TIMAURE DE PERAZA |
Resumen:
este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el inmueble a que se contrae el presente escrito, cuyas características, ubicación y linderos ya se han determinado suficientemente a favor del solicitante antes identificado, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en fundo ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada, a los fines de su registro.
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Juez/Ponente:
Tania Pargas
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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