Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando como Tribunal Constitucional en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISBLE, de conformidad con el artículo 6, ordinales 4 y 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la presente acción de amparo interpuesta por el abogado MAURICIO JOSE ISAACS TOVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.034, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA FLAMINIA, C.A., contra sentencia interlocutoria dictada el 15 de octubre de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial, a cargo de la Abog. ROSA VALOR; en el juicio contentivo de NULIDAD DE VENTA, incoado por las sociedades de comercio COLINAS DE VALENCIA, C.A. y COLINAS DE.....