DISPOSITIVA:
En fuerza de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSÉ MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CONSUMADA LA PERENCIÓN, en la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS, que fuera intentada por los ciudadanos EMILY YUSLAY DARIS PACHECO e HISMEL FRANCISCO SILVA OVIEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.214.058 y V-21.531.709, asistidos por la abogada MARLENE PULIDO VIDAL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 24.305; en consecuencia, queda EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente asunto.
Publíquese,diarícese,regístrese y déjese copia digitalizada a los efectos del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese a l.....