D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio Nº 6, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación del procedimiento especial contemplado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano VICTOR ALEXANDER SAAVEDRA, CI.12.851.009, nacido en Guarico, estado Lara, el 15-01-72, de 33 años de edad, soltero, albañil, hijo de Víctor Luques (F) y María Saavedra (V) , residenciado en Barrio José Gregorio Hernández, sector F, casa N° F-37, Barquisimeto Estado Lara; por los hechos que le imputara la representante del Ministerio Público y que el mismo voluntariamente admitiera a través de su declaración, los cuales configuran los delitos de ROBO GENERICO previsto y sancionado en los artículos 457 del Código Penal; se le impone la pena de Dos (02) años y ocho (08) meses de presidio y las accesorias .....