D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR las apelaciones interpuestas por ambas partes contra la sentencia dictada el 22 de enero de 2004 por la Juez de Juicio Nº 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, mediante la cual se declaró CON LUGAR la demanda de alimentos intentada por la ciudadana NELLY ROSA DATICA contra el ciudadano LUIS YÉPEZ, y fijó en Bs. 570.000,00 la cantidad a ser depositada mensualmente por el obligado en la cuenta de ahorros abierta al efecto; y fijó una cuota fija anual pagadera en el mes de septiembre con motivo de la inscripción escolar y compra de útiles por la cantidad de Bs. 250.000,00 y otra de Bs. 350.000,00, a ser cancelada en el mes de diciembre a los fines de cubrir los gastos de las festividades navideñas. Los gastos.....