DECISION
Por todo lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se decreta la CESACIÓN DEFINITIVA DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD a favor del joven sancionado (IDENTIDAD OMITIDA), en virtud de la extinción de la responsabilidad penal por cumplimiento de la medida sancionatoria, de conformidad con el articulo 645 en concordancia con el articulo 647 literal "h" de la LOPNNA, como un presupuesto necesario para un programa socioeducativo eficaz, por el delito de DISTRIBUCION AGRAVADA DE DROGA, previsto en el artículo 149, en concordancia con el 163.7 de la Ley Orgánica de Droga, ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto en el articulo 4 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y OCULTACION DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 del Código Penal y sancionados en la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente. Líbrese boleta de LIBERTAD PLENA, efectiva a partir del 27-07-2014. Se encuentra detenido en el Centro Socio.....