DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la abogada ANYIS DAYAN PEÑA HIDALGO identificada con matricula de inpreabogado 102.958, y fundamentado por la abogada ADRIANA PACHECO H., identificada con matricula de Inpreabogado bajo el Nº 56.196, en su condición de apoderadas judiciales de la parte demandada GUARDIANES PRIVADOS GUAPRICA C.A., contra la sentencia de fecha doce (12) de marzo de dos mil catorce (12/03/2014) dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare; por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE REVOCA PARCIALMENTE, la decisión de fecha doce (12) de marzo de dos mil catorce (12/03/2014) dictada .....