, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos: CARMEN RAMONA GARCIA ALEJOS Y HUMBERTO ANTONIO MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-13.585.114 y V-10.636.110, respectivamente, la primera domiciliada en el Caserío Samán del Tigre, Municipio Esteller del Estado Portuguesa y el segundo domiciliado en el caserío La Mensura, Municipio Esteller del Estado Portuguesa, según Acta N° 10 que anexan marcado con la letra "A", de fecha Diez (10) de Diciembre de 1993, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese despacho durante ese año y que cursa a los folio seis (06) y siete (07) frentes y vueltos de la presente solicitud.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTU.....