DISPOSITIVA: Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo, Marítimo y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ADOLFO CRISTÓBAL LEON, asistido y posteriormente representado por las Abogadas CELESTE ALFONSO MARIN, FRANCIS ALFONSO MARIN y ARELIS ACEVEDO MUJICA, contra la Sociedad Mercantil VENEPAL, C.A., en la persona del ciudadano ANDRES PARRAGA, en su carácter de Representante Legal Estatutario, representada judicialmente por el Abogado OSWALDO PINTO MALAGA; todos arriba identificados en el encabezamiento de esta decisión por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.-