DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara la cesación de las medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Libertad Asistida, en favor del joven por la comisión del delito de Robo Simple, previsto en el artículo 457 del Código Penal. Notifíquese de lo decidido al joven sancionado a la Defensa y a la Fiscalia 19 del Ministerio Público y líbrese oficio al Panaced.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN
ABG. TABANIS BASTIDAS CALDERAS
LA SECRETARIA
ABG. YNES ZAMBRANO TOVAR