Este Tribunal en uso de la competencia para conocer, conferida por el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal para decidir , administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ACUERDA LA LIBERTAD INMEDIATA del imputado ANTHONY JERRY REYES MERLO, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 19.445.202, a quien se le sigue investigación penal por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA, previstos y sancionados en los Artículos 453 Ord. 1ero. Y 277 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano PAREDES IBARRA RAMÓN ALBERTO, en virtud de no haber sido presentada la Acusación penal por el representante del Ministerio Público, dentro del Término de 30 días, el cual venció en fecha 14-09-07. SEGUNDO: SE DECRETA AL MISMO MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 Ordinal 2do. Del Código Orgánico Procesal Penal, co.....