Por los razonamientos anteriormente expuestos y a las pruebas valoradas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos LUGO MISAEL, OVIEDO ANDRES, LIRA OSWALDO y TOVAR HUMBERTO, cedula de identidad; 8.608.893, 9.827.433, 10.734.782 y 4.972.262 , respectivamente, contra la empresa HIELOMATIC C.A. y REPRESENTACIONES YATUA, C.A y se condena a la demandada a pagar la cantidad de CIENTO UN MIL SESENTA Y CINCO BOLIVARES CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 101.065,55) , en la forma siguiente:
MISAEL LUGO: la cantidad total de DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES CON VENTICINCO CENTIMOS (Bs. 16.816,25). TOVAR HUMBERTO la cantidad de DIECISEIS MIL CUARENTA Y OCHO BOLIVARES CON VENTICINCO CENTIMOS (Bs. 16.048,25). LIRA OSWALDO, la cantidad total de CUARE.....