Por los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, Acuerda a favor de Edna Rosa Brito, venezolana, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.275.222, hija de Manuel Meneses y Carmen Brito y residenciada en el sector Los Cocos, Calle las Flores, casa S/n, cerca del Taller, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, el Beneficio de suspensión Condicional de Ejecución de la Pena Condicional de la Ejecución de la Pena que le fuere impuesta por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Estupefacientes previsto y sancionado en los artículo 31 de la ley orgánica contra el trafico ilícito y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, por el lapso de Cinco,(5), meses, Siete,(7),.....