declara ADMITIDO el presente recurso, interpuesto por la Abogada CELIA CRISTINA GONZÁLEZ ZURITA, en su condición de Fiscal Provisorio Quinta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal de fecha 17-12-2015, en el asunto signado bajo el N° GP01-2014-014953, mediante la cual acordó el decaimiento de la Medida de Privación Preventiva de Libertad, acordando la medida cautelar sustitutiva de la privación de libertad, de conformidad con lo previsto en el articulo 242 numerales 3, 4, í6 yl9 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del acusado ÓSCAR ALEXANDER DÍAZ CASTILLO, quien es procesado por la comisión del delito de COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1 del Código Penal.