Se ordena el EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de los demandados, ciudadanos PABLO MARCIAL REY ACEVEDO y ZORAIDA INES MORENO DE REY, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.008.183 y N° V-3.716.193, respectivamente, hasta cubrir la cantidad demandada por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS (453,88 $) o su equivalente en Bolívares a la tasa de cambio oficial del día del pago, publicada por el Banco Central de Venezuela, por concepto de Dieciséis (16) cuotas de Condominio insolutas, más las Costas Procesales prudentemente calculadas en un máximo de Treinta por ciento (30%), en un monto de CIENTO TREINTA Y SEIS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA CON DIECISEIS CENTAVOS (136, 16 $), o su equivalente en Bolívares a la tasa de cambio oficial del día del pago, publicada por el Banco Central de Venezuela, de conformidad a lo establecido en los artículos 630 y 286 .....