este Tribunal en estricto cumplimiento a las facultades atribuidas en los artículos 646 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda Decretar la Cesación de dicha medida, quedandóle por cumplir la medida de Libertad Asistida por el lapso de un (01) año, diez (10) meses y veintitres (23) días, desde la presente fecha 21-10-2004, hasta el 13 de Septiembre de 2006