Es por todo lo anteriormente expuesto que éste Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en los artículos, 362 DEL Código de Procedimiento Civil, 520 y 523 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la solicitud de revisión de sentencia Alimentaria, intentada por la ciudadana: MAGALIS IRENE BELLO PACHECO , contra el ciudadano: NAUDYS JOEL GALINDEZ TIMAURE , en beneficio de los adolescentes: NAUDYS JUNIOR, MAYKELIS NAYDIBEL, NILBERT JOSE y la niña: MARIELBIS NAISOL GALINDEZ BELLO .- En consecuencia se condena a suministrar como monto de pensión de alimentos, la cantidad de CIENTO VEINTICINCO MIL BOLIVARES QUINCENALES (Bs.125.000) a partir del mes de DICIEMBRE, del presente año, igualmente se condena a suministrar el 100% de los gastos de útiles y uniformes.....