este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA ENTREGA DEL VEHÍCULO, al solicitante, ciudadano: Juan Estaban Silva Potella, con las siguientes características: SERIAL DE CARROCERIA: WBAHE210X0GE60546, SERIAL DE CHASIS: YDH048, SERIAL DEL MOTOR: 50860547, MARCA: BMW, MODELO: 530IA, AÑO: 1993,COLOR: VINOTINTO, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, USO: PARTICULAR; ello por cuanto de la revisión y comparado ambas certificaciones, se evidencia que existe a grandes rasgos emendarura o tachadura en las copias certificadas, lo cual no se observa en las copias presentada por el solicitante, por lo que no se explica este juzgador si dichas copias presentadas por el solicitante son copias de la documentación de ese mismo Registro. Asimismo, se observar que en la parte final de ambas certificaciones, donde suscriben como los Testigos: Benita Rodríguez y Maria C.....