Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, incoada por el ciudadano JESUS ALBERTO DUQUE MALDONADO, contra la entidad de trabajo MANCOMUNIDAD PARA LA GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS Y DESECHOS SOLIDOS URBANOS DEL EJE ORIENTAL DEL ESTADO CARABOBO, ambos plenamente identificados en autos, en consecuencia se ordena al demandado a pagar al demandante la cantidad de SEIS MIL SETENTA Y SIETE BOLIVARES CON 84/100 (Bs. 6.077,84), más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo que se ordena realizar por un solo experto contable, a los fines de calcular los respectivos intereses moratorios sobre el concepto concretado para su cálculo en la presente decisión conforme se ordenó ut supra, cuya condena se .....