PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por la Fiscalía del Ministerio Público, en contra del imputado ADIEL JOSE BLANCO ANSELMI, titular de la cédula de identidad número (...), venezolano, mayor de edad, por la comisión del delito de los delitos de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado por el artículo 42 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
SEGUNDO: Se Acuerda Medida Alternativa a la Prosecución del Proceso de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, y se le impone al acusado un Régimen de Prueba de Un (01) año, de conformidad a lo ordenado por el artículo 45 del texto penal adjetivo, debiendo cumplir con las siguientes condiciones: Notificar al Tribuna cualquier cambio de domicilio o teléfono; la obligación de realizar SEIS (06) talleres de reflexión con un intermedio de 30 días cada uno, desarrollados por el equipo interdisciplinario del Circuito Judicial con Competencia en Violencia contra la Mujer del Es.....