Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO:CON LUGAR la demanda de Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales intentada por DAVID RODOLFO ARENAS MUDARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°15288644, en contra de "INTERNACIONAL OIL SERVICES DE VENEZUELA (INOIL) RIF J-31251700-0".
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma de BS 618.736,7, por los conceptos de Prestaciones Sociales prevista en el articulo 142 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras, Indemnización por despido prevista en el articulo 92 de la LOTTT, Vacaciones y Bono Vacacional Fraccionados y Utilidades Vencidas, Bono De Alimentación y salarios retenidos para el demandante. Y ASI QUEDA ESTABLECIDO.
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