Se concede permiso a la niña (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), para que disfrute el periodo navideño comprendido desde la fecha la fecha veintiuno (21) de diciembre del 2.011, hasta el ocho (08) de enero de 2.012, con la ciudadana Reina de la Luz Rivas Martínez, titular de la cedula de identidad Nº 5.928.064, con motivo de las vacaciones navideñas, en el entendido que la niña deberá retornar a la casa hogar "María Goretti" ubicado en la calle Lara, casa Nº 4-62, Zona Colonial, de esta ciudad de Carora parroquia Trinidad Samuel del Municipio Torres, estado Lara el ocho (08) de enero de 2.012.