En virtud de los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada. SEGUNDO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano HUGO ANTONIO GARCIA, en contra de la Sociedad Mercantil, ELEORIENTE, C.A. CUARTO: SE MODIFICA la decisión dictada por el A quo, solo en lo que respecta a la actualización de las pensión del beneficio de jubilación del actor. QUINTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS. SEXTO: REMITASE la presente causa en su oportunidad legal al tribunal que corresponda. Líbrese oficio.
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos y déjese copia de esta decisión.
Dada, firmada y sellada en la.....