esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, y con fundamentos en los artículos 18 y 27 de la Convención de los Derechos del Niño, 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 30, 365 y 366 de la Ley para la protección del Niño y del Adolescente, declara CON LUGAR el OFRECIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, hoy denominado OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, intentado por el ciudadano ENDER JOSE AGUILAR PEREZ, a favor de su hijo (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), contra la ciudadana MARIA ANGELICA ROCCA VELEZ, arriba identificados, quedando establecida a favor del niño de la siguiente manera: EL DIECISIETE POR CIENTO (17%), del salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional conforme a decreto presidencial publicad.....