IV
DECISIÓN
En razón de lo anterior, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN celebrada en la presente causa, por el ciudadano Jorge Enríquez Fuentes, titular de la cédula de identidad N° 4.198.164, asistido por el abogado Durman Eligreg Rodríguez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 60.006, parte querellante, y la ciudadana Milagros Sarmiento, titular de la cédula de identidad N° 8.661.212, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 78.947, actuando en su condición de apoderada judicial de la Alcaldía del Municipio Araure del Estado Portuguesa, parte querellada, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se le otorga el carácter de cosa juzgada, de conformidad con lo .....