CONDENA al ciudadano Reinaldo Arquímides Guevara Márquez, venezolano, de 37 años de edad, natural de Cumaná, Estado Sucre, titular de la cédula de identidad N° 13.222.949, nacido en fecha 30-05-1978, soltero, de oficio obrero, hijo de los ciudadanos Tehodoto Guevara y Reina Márquez, teléfono 0414-7985045, y residenciado en calle cajigal, casa N° 135, cerca del elevado, Cumaná, Estado Sucre, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal; por la comisión del delito de Aprovechamiento de Vehículo Proveniente del Hurto o Robo, previsto y sancionado en el artículo 9, de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano Freddy Rodríguez; en perjuicio del ciudadano Freddy Rodríguez, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal; pena esta cuyo cumplimiento resulta imposible determinar por cuanto el acusado a partir del día de hoy se encontrará .....