Se declara SIN LUGAR la recusación planteada por el ciudadano JUAN VICENTE RIVERO, en su carácter de tercero en la presente causa, contra la juez PATRICIA LOURDES RIOFRIO PEÑALOZA, quien se desempeña como titular del Juzgado Tercero del Municipio Iribarren del Estado Lara, por no estar conforme a derecho y basada en causa legal. En consecuencia, se acuerda notificar de la presente decisión al Juez recusado, mediante oficio acompañado de copia certificada de esta sentencia, y así se decide.
Publíquese, regístrese, déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los veintidós días del mes de febrero de 2010. Años: 199º de la Independencia y 151º de la Federación.
El Juez, La Secretaria,
Abg. Harold R. Paredes Bracamonte .....