En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA para IMPUTADO AMADO BAUTISTA BRITO, venezolano, de 51 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-459.242 y residenciado en el Barrio Cumanagoto primero, vereda No. 01, casa No. 04, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por ser autor del delito precalificado por esta Fiscalía como HURTO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 454, ordinal 6° del Código Penal Venezolano en perjuicio del ciudadano: JOSE ISABEL RODRIGUEZ, venezolano, de 55 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-524.490 y residenciado en el Caserío Petare, Santa Fe, Estado Sucre, fundamentándose esta decisión en que esta demostrado la existencia de un hecho punible cometido pero, sin embargo, ha transcurrido el tiempo estipulado para que oper.....