Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CONSUMADA LA PERENCION y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa seguida por los ciudadanos EIRA COROMOTO GUILLEN GARCIA y OSCAR RAMON MARQUEZ TRUJILLO, venezolanos, mayores de edad, divorciada y oficinista, con cédula de identidad números 4.472.229 y 3.961.338, asistidos por la Abogado Socorro del Carmen Guerrero Pérez, titular de la cédula de identidad Nro. 4.701.628, inpreabogado bajo el Nro. 23.742, contra los ciudadanos CARLOS ERNESTO GUILLEN y JOSE ATILIO VIELMA GUILLEN, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad números 1.853.309 y 699.016, por TACHA DE DOCUMENTO.
Con fundamento en lo previsto por el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costa.....