UNICO:
En razón de los fundamentos ya expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara: SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, todo de conformidad con el Artículo 651 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, publíquese y déjese copia.
Dado, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Biscucuy a los veintidós del mes de marzo del dos mil seis. Años: 195° y 146°.
El Juez Suplente,
Abg. Willian Eduardo Perez.
La Secretaria Suplente.
Ramona Gregoria Andrade.-
En esta misma fecha se dictó y se publicó la sentencia, siendo las 10:00 am. Conste.
Milagro.