Por todos los razonamientos jurídicos y fácticos, este Juzgado Primero en funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; RESUELVE:
1.- ORDENA ABRIR JUICIO ORAL Y PÚBLICO a LILIBETH DEL CARMEN ARIAS, antes identificada, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULOS, previsto y sancionado en el artículo 05 de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículos Automotores, en relación con el artículo 6, numerales 1, 2 y 3 Ejusdem; PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal; HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, EJECUTADO EN EL CURSO DE EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 406, 1 en concordancia con el artículo 80 del ambos del Código Penal, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD EN LA MODALIDAD DE PERJUICIO GRAVE A LA PERSONA Y SA.....