éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara esta actuación TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar los derechos en la sucesión del causante ORLANDO JOSE NIEVES, antes identificado y DECLARA COMO SUS ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos WUINDER ALEXANDER NIEVES LOPEZ, MARGARITA DE LOS SANTOS LOPEZ de NIEVES, ORLANDO JOSE NIEVES LOPEZ, ADELSO JOSE NIEVES LOPEZ, OSMAR JOSE NIEVES LOPEZ, LUIS ENRIQUE NIEVES LOPEZ, REINAR JOSE NIEVES LOPEZ y DENNYS DE JESÚS NIEVES LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 14.004.229; V- 4.192.558; V-10.765.354; 13.181.349; 15.262.440; 10.768.287; 16.770.570 y 12.692.118, respectivamente, quienes como tales concurrirán a la herencia dejada por el de-cujus, dejando a salvo los derechos de terceros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certi.....