En razón de lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centroccidental con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE el recurso, intentada por MARIA JOSEFINA LINAREZ DE MARIN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, de profesión Asistente Administrativo III, titular de la cédula de identidad Nro. 5.252.785, por intermedio de sus apoderados judiciales ciudadanos YANIRA NOGUERA YANEZ, VICTOR JULIO GUTIERREZ Y ANA RORAIMA COLMENAREZ abogados en ejercicios, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 90.123, 90.227 y 90.304, respectivamente, en contra del ESTADO LARA por intermedio del Director (E) del Servicio Estadal de Atención al Menor (SEAM), Coronel CARLOS R. PEÑUELA G, representado en el presente por la ciudadana YANEY MARQUINA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el núme.....