Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Franci Castro, Inpreabogado Nº: 102.401, contra la decisión de fecha 27 de Febrero del año 2009, dictada por el Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la cual declaro la PRESUNCIÓN DE LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS y PARCIALMENTE CON LUGAR la acción, en el juicio que por Prestaciones Sociales, incoare el ciudadano SOTERO ANTONIO COLINA LAUSEL, titular de la cedula de identidad Nº; V-11.810.328, contra la Sociedad de Comercio "TRANSPORTE ICEBERG DE COLOMBIA", S.A. ("TRANSPORTE TIV DE VENEZUELA", S.A. SMA ), de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se CONFIRMA la se.....