Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de Cumana Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Querella Funcionarial interpuesta por la ciudadana Adelis Trinidad Díaz, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.411.805, asistida por la abogada Manuela Simao, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 86.985, contra la Alcaldía del Municipio Mariño del estado Sucre.
SEGUNDO: Se ordena el pago a la querellante, tanto de las prestaciones sociales, como de los intereses moratorios causados y Fideicomiso.
TERCERO: Se niega la solicitud de las vacaciones vencidas y no disfrutadas, Bono vacacional vencidos y no pagados, Bonificación de fin de año no pagada y Uniforme, la solicitud de Costas y Cesta Ticket.
CUARTO: S.....