Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando
justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por las abogados LUTIANNY SUAREZ GONZALEZ y ARIANNYS TROSEL
REYES, inscritos en el instituto de previsión social del Abogado bajo los Nros.233.455 y 298.052, en su carácter de apoderadas judiciales de la ciudadana JENIZE MERCEDES VILLEGAS PALMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.097.941, incoada en contra del ciudadano JOSE MANUEL MEZA ACEVEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.968.259, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial mediante inserción de acta de matrimonio ante .....