...Consta que al momento del fallecimiento del ciudadano Juan Evangelista Zavala, no fueron asentados los nombres y apellidos de los solicitantes en los Libros de Registro de defunciones que se llevan por ante la Jefatura Civil Registrador de la Parroquia Carirubana, Municipio Autónomo Carirubana del Estado Falcón, en el acta No. 170, instrumento éste que valora plenamente este tribunal presunción a tenor del artículo 457 del Código Civil.-
Consta acta de matrimonio, del ciudadano Juan Evangelista Zavala Naranjo (f 8), que igualmente se valora conforme al artículo 457 del Código Civil.-
Este Tribunal considera los mencionados documentos probatorios suficientes para que la presente demanda prospere en derecho y así se decide.
En virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos Ligia Carolina Zavala Zavala y Juan Carlos Zavala Zavala y en consecu.....