En merito a todo lo antes expuesto, Este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre sede Cumaná, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA a los acusados PEDRO MANUEL PLAZA, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-11.011.863, nacido en fecha 24-01-1972, de 37 años de edad, de oficio conductor de línea, residenciado en Cristalino Sector Río Viejo, vía principal de Caripito Casanay, Estado Sucre y YOIRIS LISBETH VALERIO ALBINO, venezolana, Cedulada 15.429.697, nacida en fecha 02-05-1979, de 29 años de edad, de profesión u oficio madre integral, residenciada en la carretera Casanay Caripito, Sector Río Viejo, casa sin número, Rosada y verde, Parroquia Rómulo Gallego, Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre, la pena consistente en DOS (02) AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias de ley, establecidas en el artículo 16 del Código Penal, el cual se vencerá en el año 2011 aproximadam.....