Este Juzgado superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región centro Norte, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el procedimiento de la Demanda de Nulidad interpuesta conjuntamente con Amparo Cautelar, por el abogado ANTONIO JOSÉ MARVAL JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 7.154.319, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 30.646, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano HENRIQUE FERNANDO SALAS FEO, titular de la cédula de identidad N° V- 6.556.504, contra el acto administrativo de fecha 05 de abril de 2011, notificado en fecha 01 de junio de 2011, emanado del CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO.