Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 03 de mayo de 2010, por la abogada Marlen Arias, actuando como apoderada judicial del ciudadano JOSÉ MOLINA RAMÍREZ; contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 28 de abril de 2010, mediante la cual declaró inadmisible la acción mero declarativa interpuesta por el ciudadano JOSÉ MOLINA RAMÍREZ; contra la sociedad mercantil CLUB GALLÍSTICO BARQUISIMETO, C.A., todos plenamente identificados.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 28 de abril .....