DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
NO HA LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora recurrente
Se CONFIRMA EL AUTO RECURRIDO.
No hay condena de COSTAS dada la naturaleza del fallo recurrido.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los veintidós (22)) días del mes de mayo del año 2018.
Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
GLADYS CLARET MIJARES LUY
JUEZA SUPERIOR Abg. MAYELA DIAZ
SECRETARIA
En la misma fecha se dictó, público y registró la anterior sentencia, siend.....